GARANTÍA DE LOS PRODUCTOS

El cliente tiene derecho a recibir un bien que sea conforme con el contrato de compraventa de acuerdo con lo previsto en el R.D.L. 1/2.007, de 16 de Noviembre, de Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (BOE 30/11/07).

En caso de que el bien adquirido no sea conforme, el consumidor tendrá derecho:

A optar entre exigir la reparación o la sustitución del bien (en ambos casos gratuita y a realizar en plazo razonable), salvo que resulte imposible o desproporcionado. La opción elegida será vinculante para el consumidor desde el momento en que la comunique al vendedor.

Si concluida la reparación y entregado el bien, sigue siendo no conforme con el contrato, el comprador podrá exigir la sustitución del bien o la rebaja del precio o la resolución del contrato conforme a lo previsto en la norma. Durante los seis meses posteriores a la entrega del bien reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación.

Si la sustitución no lograra poner el bien en conformidad con el contrato, el comprador podrá exigir la reparación del bien, la rebaja del precio o la resolución del contrato conforme a lo previsto en la norma.

La rebaja del precio y la resolución del contrato procederán, a elección del consumidor cuando el consumidor no pudiera exigir la reparación o la sustitución y en los casos en que éstas no se hubieran llevado a cabo en plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.

En todo caso, el consumidor tendrá derecho, de acuerdo con la legislación civil, a ser indemnizado por los daños y perjuicios derivados de la falta de conformidad.

El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega, salvo que se trate de bienes de segunda mano siendo en este caso de un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.

La acción de reclamación prescribirá a los tres años desde la entrega del bien.

El consumidor deberá informar al vendedor de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella. Salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor ha tenido lugar dentro del plazo establecido.

La reparación y la sustitución suspenden el cómputo de los plazos para el ejercicio de las acciones a que se refiere esta ley.

Cuando al consumidor le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los bienes con el contrato de compraventa podrá reclamar directamente al productor (fabricante /importador) en los mismos plazos y condiciones.

Para poder hacer efectiva la presente garantía será requisito imprescindible la presentación de la correspondiente factura de compra.

De conformidad con lo establecido en el artículo único de la Ley 3/2014 de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por R.D.L. 1/2007 de 16 de noviembre, define:

Concepto general de consumidor y de usuario: A efectos de esta norma y sin perjuicio de lo dispuesto expresamente en sus libros tercero y cuarto, son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Son también consumidores a efectos de esta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.

Concepto de empresario: A efectos de lo dispuesto en esta norma, se considera empresario a toda persona física o jurídica, ya sea privada o pública, que actúe directamente o a través de otra persona en su nombre o siguiendo sus instrucciones, con un propósito relacionado con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.

 

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